- En la Ciudad de La Paz Provincia de Entre Rios, a veinte de Enero de mil novecientos cuarenta y cuatro, ante mí, Gilberto B. Lertora, Jefe de la Oficina del Registro Civil, Comparecieron Italo Andres Bonzi, de veinte y cinco años, de estado soltero, de nacionalidad argentina, nacido en Tucurales, Santa Fe, domiciliado en Sauce de Luna, Villaguay, Entre Rios, de profesión hacendado hijo de Luis Antonio Bonzi, de nacionalidad argentina de profesión rentista domiciliado en Sunchales, Santa Fe y de Teresa Ferrero de nacionalidad argentina de profesión quehaceres, fallecida y Maria Esther Ferreyra de veinte y tres años, de estado soltera, de nacionalidad argentina, nacida en esta Ciudad domiciliada en calle San Martin de profesión estudiante, hija de Luis Ferreyra de nacionalidad argentina de profesión hacendado, y de Desideria Consuelo Anadon de nacionalidad argentina de profesión quehaceres, fallecidos y manifiestan que querían desposarse, que no había impedimento alguno para la celebración de su matrimonio. Los Testigos Antonio Bonzi de sesenta años, de profesión rentista, de estado casado domiciliado en Sunchales, Santa Fe, y Maria Elvira Elba Sueyro, de treinta y un años de profesión quehaceres, de estado soltera, domiciliada en calle San Martin; Carlos Calvo de veinte y tres años soltero, domiciliado en Sauce de Luna; Eva Perez de Tellechea de cuarenta años, casada, domiciliada en calle San Martin, declararon que respondían de la identidad de los futuros esposos, y que por el conocimiento que ellos tienen son hábiles para contraer matrimonio. Y resultando, que no se ha deducido oposición, ni hecho denuncia, que el contrayente presento el Certificado prenupcial que queda archivado bajo el número de esta Acta y que a juicio del Oficial Publico que suscribe se ha probado la habilidad de los contrayentes para casarse, previa lectura de los artículos cincuenta, cincuenta y uno y cincuenta y tres de la Ley de Matrimonio, los interrogue si se querían como marido y mujer y habiendo contestado que si declare en nombre de la ley que Italo Andres Bonzi y Maria Esther Ferreyra, quedaban unidos en matrimonio. Leída y mostrada que fue esta Acta, manifestaron su conformidad y la firmaron conmigo, los contrayentes y los Testigos, en mi despacho siendo la hora diez y cincuenta minutos. DERECHOS: diez pesos, correspondientes a las firmas de los testigos Carlos Calvo y Eva Perez de Tellechea. Firman.
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