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Domingo de Ibarguren Elgarresta[1]

Varón 1615 - 1660  (~ 44 años)


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  • Nombre Domingo de Ibarguren Elgarresta 
    Bautismo 24 May 1615  Zumárraga, Guipúzcoa, España Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar.  [2
    Sexo Varón 
    Fallecimiento 1660 
    ID Persona I43480  Los Antepasados
    Última Modificación 13 Mar 2010 

    Padre Miguel de Ibarguren Sagastiberria,   c. 5 Sep 1553, Zumárraga, Guipúzcoa, España Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar. 
    Madre Gracia de Elgarresta Cortaberría,   c. 7 Abr 1570, Zumárraga, Guipúzcoa, España Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar. 
    Matrimonio 1603  Zumárraga, Guipúzcoa, España Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar. 
    ID Familia F17185  Hoja del Grupo  |  Family Chart

    Familia 1 Ana Escobar 
    Hijos 
     1. Pascual Ibarguren Escobar
    ID Familia F17187  Hoja del Grupo  |  Family Chart
    Última Modificación 22 Dic 2009 

    Familia 2 Margarita Castro Argañaraz y Murguía 
    Matrimonio San Salvador de Jujuy, Jujuy, Argentina Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar. 
    Hijos 
     1. Ana María Ibarguren Castro,   n. 1640, San Salvador de Jujuy, Jujuy, Argentina Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar.f. 23 Jun 1696, San Salvador de Jujuy, Jujuy, Argentina Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar. (Edad 56 años)
    +2. Isabel Ibarguren Castro,   n. San Salvador de Jujuy, Jujuy, Argentina Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar.f. 14 Sep 1708, San Salvador de Jujuy, Jujuy, Argentina Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar.
    +3. Miguel Ibarguren Castro,   n. 1650, San Salvador de Jujuy, Jujuy, Argentina Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar.f. 30 Abr 1687, San Salvador de Jujuy, Jujuy, Argentina Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar. (Edad 37 años)
    +4. José Ibarguren Castro   f. 14 May 1688, San Salvador de Jujuy, Jujuy, Argentina Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar.
    +5. Petronila de Ibarguren Castro,   n. San Salvador de Jujuy, Jujuy, Argentina Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar.f. 22 Oct 1714, San Salvador de Jujuy, Jujuy, Argentina Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar.
     6. Capitán Juan Ibarguren Castro   f. 14 Feb 1702, San Salvador de Jujuy, Jujuy, Argentina Buscar todos los individuos que registran eventos en este lugar.
    ID Familia F16954  Hoja del Grupo  |  Family Chart
    Última Modificación 27 Ene 2013 

  • Mapa del Evento
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  • Notas 
    • DOMINGO DE IBARGUREN ELGARRESTA AIZPURU Y CORTABERRIA, nació y recibió el bautismo en Zumárraga. Así consta en la partida respectiva: "El veinticuatro de Mayo de mil seiscientos y quince años se bautizó Domingo, hijo de Miguel de Ybarguren y de Gracia de Elgarresta, su muger. Fueron padrinos el Bachiller Don Martín de Cortaberría y Magdalena de Ybarguren, su tia. Bauticele yo el Vicario" (Firma) "Don Asensio de Gurruchaga". (Folio 5 vto. del Libro 3º de Bautizados de la Iglesia de Zumárraga).
      De ahí en adelante, la individualidad de ese Domingo desaparece por completo en los documentos de su villa natal: no figura en los registros matrimoniales ni de difuntos de aquella parroquia lugareña. Todo induce a no dudar que ese mismo Domingo resulta el patriarca de su linaje argentino: la fecha de cristianización del párvulo; las armas de una Ejecutoria familiar, con el hallazgo preciso del tronco solariego, a cuya casa zumarragana pertenecen tales armas; el nombre paterno de Miguel, puesto al primogénito jujeño de Domingo, y mantenido en las sucesivas generaciones de sus descendientes.
      Ignoro cómo ni cuando el lejano antecesor vino a América. Por cierto que de muchacho, y supongo que al Perú, para de allá transladarse al Tucumán, donde dos décadas antes de su nacimiento, un deudo remoto suyo, Francisco de Argañaraz y Murguía (los Murguía eran parientes de los Aizpuru a traves de los Avendaño y de los Estenaga) había fundado una población en el valle de Jujuy.
      En alguna ciudad del Tucumán pués (que tanto podía ser San Salvador de Jujuy o Salta, como San Miguel, Talavera o Santiago del Estero), Domingo de Ibarguren, frisando en los 20 años de su edad, embarazó - no consta si maritalmente - a Ana de Escobar, criolla, sin duda, de estirpe de conquistadores y veteranos pobladores de aquella vasta comarca; y con esta mujer tucumana engendró un hijo varón, muriendo ella quizás a consecuencia del alumbramiento.
      Poco más adelante, Domingo contraía formales nupcias en San Salvador de Jujuy, con Margarita de Castro y Argañaraz de Murgía, hija de Antonio Serrano de Castro y de Isabel de Argañaraz y Murguía, hija ésta del Fundador de Jujuy y de su mujer Bernadina de Mirabal, la cual tenía por padres al celebre Capitán conquistador Hernán Mexía Mirabal y a su legítima esposa Isabel de Salazar. (Ver los apellidos Argañaraz y Murguía y Mexía Mirabal).
      Por aquel entonces - según lo consignó el Obispo de Tucumán Fray Melchor Maldonado de Saavedra al visitar, en 1634, las feligresías de su diócesis-, "Esta ciudad de Jujuy tendrá cincuenta casas, y en ellas y sus pueblos de indios y haciendas habrá 3.000 ánimas … No tenía iglesia, y servíase la parroquia en San Francisco: mal, sin lámparas, que no ardían; había dos años que no se ponía óleo a los niños … Hallé la Iglesia desnuda … hallé los testamentos que no sabian que cosa era cumplirlos … hallé esta tierra tan sin disciplina … que diciendo yo misa pontifical amonesté a una doncella principal mucho en esta tierra, cuyo casamiento habían los parientes con violencia procurado impedir; me dijo uno de ellos en la misma iglesia que callase; y después de la Misa, por vencer aquellas dificultades, pedí al pueblo fuese acompañándome a hacer aquel matrimonio, por impedir revoluciones; y de la casa del mismo deudo, en presencia de toda la ciudad, me tiraron a matar tres piedras, que si no me meto en el lado me derriba la última en la sien izquierda. Esta es la cristiandad de estas partes. Procuro corregir amenazando y válgome más del disimulo, no por miedo de la vida y de la honra, que éstas acá siempre andan en los cuernos del toro, sino por enseñarles con el ejemplo y reducirlos poco a poco". (Documentos del archivo de Indias para la Historia del Tucumán tomo I pags. 136-37, editado por el P. Larrouy. Bs. As. año 1923).
      A raíz del casamiento de Domingo de Ibarguren - que quiero creer no fué el aludido por el Obispo Maldonado -, él compareció, el 12-VII-1638, ante Gaspar Vélez de Alcocer, Teniente y Justicia Mayor de San Salvador de Jujuy, y el actuario Simón de Nabeda, y dijo: que para ayuda de las cargas de su matrimonio " con doña Margarita de Castro y Murguía, su legítima esposa, hija de don Antonio Serrano de Castro, difunto, y de doña Isabel de Argañaraz, mujer que fue, y al presente lo es del Tesorero don Juan de Yanci vecino de esta ciudad", dichos sus suegros la dotaron a Margarita con 4.000 pesos corrientes: 1.782 en vestidos, preseas y una pequeña esclava negra y los 2.218 restantes en dinero efectivo. Ibarguren, por su lado, aportó 2.000 pesos a la sociedad conyugal en concepto de arras. todo lo cual habíase protocolizado en una "escritura de promesa de obligación de Dote", en virtud de cuyo contrato y para "las cosas de ajuar que se dan", tanto la madre y el padrastro de la desposada, cuanto el consorte Ibarguren, nombraban tasadores al Capitán Juan Antonio de Buenrostro, por parte de Isabel Argañaraz y de Yanci, y a Juan Jacinto de Guzmán, como representante del marido interesado. Ambos peritos, "a su leal saber y entender" justipreciaron aquel conjunto dotal en una detallada "Memoria", que se agregó posteriormente a la escritura referida.
      De los padres de Margarita, cabe recordar: que documentalmente consta que Francisco de Argañaraz y Murguía le dió de merced, en 1594, "dos chacreas a su hija Isabel de Argañaraz", en Palpalá, al pie de la montaña ferriza de Zapla, en la cercanía de la población de Jujuy, fundada por él en 1593. En cuanto a Antonio Serrano de Castro, desconozco su filiación concreta, pero lo creo hijo del primer poblador y cabildante jujeño Gregorio de Castro, compañero de Argañaraz. Consta sí que "Antonio Serrano" fué "Alcalde ordinario por su magd." en San Salvador de Jujuy, y que el 30-III-1613, ante éste y el Escribano Rodrigo Pereyra, (también antecesor mío) levantose una probanza, pedida por "Bernardina Miraval", viuda del fundador de la ciudad, acerca de la contribución personal y pecuniaria de la señora en la empresa de su marido. (El documento se detalla en el linaje de Argañaraz y Murguía).
      Tras la muerte de Serrano de Castro, pasó Isabel de Argañaraz a segundas nupcias con el Tesorero de la Real Hacienda Juan de Yanci. De este nuevo himeneo deriva numerosa descendencia, incluso el autor del presente trabajo, cual se comprueba en los capítulos que tratan los linajes de Argañaraz, Martínez de Iriarte, Palacios, De la Corte, De la Cámara, etc., etc.

      Actuación pública y privada de mi 7º abuelo Ibarguren

      Don Domingo - que ostentaba el grado de Capitán - fué vecino muy principal en la ciudad de su arraigo americano, no solo a causa de la parentela ilustre de su mujer - nieta de Argañaraz, bisnieta de Mexía Mirabal -, sino por los bienes que llegó a poseer y los "oficios de República" y actividades económicas que desempeñó; todo lo cual consta en escrituras y expedientes judiciales que personalmente verifiqué en los archivos de San Salvador de Jujuy.
      Así, por ejemplo, el 13-XI-1639, Diego Fernandez ("señor de la Sierra del Agua" y dueño de un ingenio de aserrar maderas en el valle de Perico, que testaría en Jujuy en 1689) era deudor de Domingo de Ibarguren por la suma de 347 pesos, y le entregó a éste una libranza contra el Capitán Pedro de Espinosa, quien había de pagar, sin demora, dicha cantidad. No pudo el acreedor hacer efectiva tal orden de pago - junto con otros 106 pesos y 6 reales que el mismo Fernández le debía a Martín de Igarzabal. De consiguiente Ibarguren, por sí, y como apoderado de Igarzabal, entabló demanda ante el Alcalde Alonso de Tobar, solicitando ejecución contra la persona y bienes del moroso Fernández, por ambas deudas; o sean 453 pesos y 6 reales.
      El pleito se prolongó hasta diciembre de 1641. Durante su transcurso, Ibarguren hizo detener a Diego Fernandez, cuando éste se dirigía a Potosí, embargándosele en el camino "unos palos de ejes para ingenios de moler metal", que Fernández llevaba para enagenarlos en la Villa Imperial. Terció entonces en el litigio Simón Perez, residente en Jujuy, quien dijo que esos ejes los había costeado él, "con que tengo derecho de prelación e hipoteca tácita"; que nadie podía anteponerse a "mi deuda", ni impedir el viaje de los ejes, que "no tienen precio ni valor en Jujuy, ni en la parte en que están, sino en Potosí", donde hay ingenios, "para cuyo ministerio van, y así es preciso dejarlos caminar para que lleguen donde puedan ser vendidos, y yo pagado de lo que así se me debe". Había por tanto que alzar el embargo antedicho, pues los ingenios gozaban del privilegio de que no se podían embargar sus pertrechos o avíos, ni por deudas ni por causa alguna. En mérito de esta prerrogativa, el Alcalde jujeño, por auto definitivo, levantó el secuestro de los famosos ejes; y dió Simon Pérez fianza de abonar a Domingo de Ibarguren el importe de sus créditos, una vez que dichos artefactos resultaran vendidos en Potosí. (Archivo de los Tribuanles de Jujuy, Nº 5688/7, año 1641).
      Ese mismo año (9-VIII-1641), en San Salvador de Jujuy, ante el Teniente de Gobernador y Justicia Mayor Gaspar Velez de Alcocer, y los testigos Juan Velazquez de Buenrostro, Diego Ximenez de Medina y Manuel Guerrero, vendió Bonifacio Flores, "en venta real para agora y en todo tiempo", a Domingo de Ibarguren, "una viña en la otra banda del río Grande que viene de Omaguaca", con todas las tierras que le pertenecían, entradas y salidas, costumbres y servidumbres, por el precio de 2.200 pesos corrientes. Dicha viña y sus terrenos anexos le correspondieron a Flores por haberlos adquirido de los herederos menores del Capitán "Francisco Luis Questa". Y mes y medio más adelante (20 de septiembre), ante el Alcalde Juan Ochoa Zárate y Obando, Domingo de Ibarguren, hipotecaba aquella propiedad, obligándose a pagar, a Bonifacio Flores, 900 pesos corrientes, que serían satisfechos por el deudor "todos juntos, en reales al contado, en esta ciudad (Jujuy) o en otra cualquiera parte que se los pidan, y mandarlos para el fin del mes de abril del año que viene". Al margen de la obligación, en nota fechada el 3-IX-1642, consta que el acreedor "cancelaba y cancela esta escritura a Domingo de Ybarguren, porque realmente está paga de toda dicha contidad". (Archivo Judicial de Jujuy, Protocolo año 1641, Nº 61/30).
      La viña referida, "con todas las tierras que le pertenecen", adquirida por mi remoto abuelo en 1641, se localiza ahora a escasos kilómetros de la capital jujeña, "del otro lado del Rio Grande que viene de Omaguaca", atravesando el puente Pérez: son las frondosas montañas verdes del pintoresco lugar donde está edificado el turístico "Hotel Alto la Viña".
      Bonifacio Flores - vendedor del predio en cuestión - era vecino de Córdoba y comerciaba activamente en el norte tucumano y el Alto Perú. Sus frecuente viajes mercantiles habíanlo vinculado con mi antecesor en Jujuy; por eso cuando en esta ciudad, el 7-I-1642, ante el Escribano Román Guerrero, el aludido negociante y "su mujer lexítima" Lorenza González, se comprometieron a pagar la suma de 1.134 pesos a "Joan López Machado", Domingo de Ibarguren fué testigo y firmó, a ruego de la señora, la escritura de marras.
      En 1641 Domingo de Ibarguren desempeñó el importante cargo de Procurador General en el Cabildo Jujeño. Durante ese período, debido a la sublevación de Portugal contra la corona de España, se creyó que la ciudad de Buenos Aires corría peligro de ser atacada por los portugueses desde el Brasil. Los distintos Ayuntamientos tucumanos, entonces, recibieron orden superior de reforzar a su hermana del sur con soldados, víveres y pertrechos de guerra, a fin de que puediera resistir con éxito al invasión que se temía.
      En Jujuy, mientras tanto, el Alcalde Juan de Zárate y Obando urge al Cabildo local para que cumpla con aquella disposición de remitir 20 hombres españoles armados al puerto bonaerense. Mas la precaria población norteña, constantemente amenazada por millares de indios feroces del Chaco - mataguayos, tobas, mocobíes, pelichocos,churumatas, labradillos, ojotáes, taños y chiriguanos - no podía, en verdad, desprenderse de ninguno de sus pocos defensores aptos. En tales circunstancias, el Procurador Ibarguren, fiel intérprete del sentir unánime de su ciudad, el 30-IX-1641, ante el Alcalde Zárate y Obando, reclama la "suspensión de la orden que vino del Señr. Gobor. desta Procia. para despachar socorro de jente al puerto de buenos Ayres", por "las causas justas que ay para que no saquen así jente, suelta como de encomenderos", ya que tal medida dejaría "destruída esta ciudad de toda defensa, a riesgo de ser infestada de tantos enemigos fronterizos como está cercada".
      Con posterioridad, don Domingo interviene como testigo en dos escrituras dotales: La que otorgaron , el 12-VII-1642, ante el Alcade Alonso de Tobar, su suegra Isabel de Argañaraz y Murguía, y el marido de ésta el Tesorero Juan de Yanci, señalando los bienes que llevaría su hija Ana de Yanci y Murguía - cuñada de Ibarguren - a su matrimonio con Juan Martínez Iriarte (ellos antepasados míos también); y la escritura estipulada por Esteban de Vallejo y Tomasina de las Higueras, el 5-VIII-1642, con motivo del enlace de su hija Pascuala Vallejo con Alexandro de Urrutia, en cuyo documento Domingo de Ibarguren firmó a ruego de doña Tomasina. Asimismo el 9-IV-1643, ante el Alcade Francisco Ruiz de Porres, Ibarguren, como "testigo llamado y rogado", suscribe el testamente de Clara Martínez, mujer de Andrés de Aldana, e hija legítima de María Rodríguez Zambrano.
      En 1645 Domingo de Ibarguren puso pleito a Bernardo de Iriarte, el cual "por cédula firmada de su nombre", le era deudor de 772 pesos y 6 reales, y poseía un esclavo en la ciudad de Jujuy que - según el demandante - "dejó huído y a mi cargo buscarle para poder hacerme pago del dicho esclavo". Como el negro no aparecía, y el susodicho Iriarte estaba ausente de la porvincia, Ibarguren ponía en manos del Juez su "libro de cuentas", donde Iriarte figuraba como deudor por mercaderías entregadas; pedía se comprobase al autenticidad de la firma en la cédula aludida, y que de oficio se le nombrase defensor a dicho ausente, librándose mandamiento de ejecución sobre sus bienes. Con posterioridad, mediante documento escrito, ante el Alcalde Pedro de Pineda y Montoya, Bernardo de Iriarte reconoció deberle a "Domingo de Ybarguren" el importe que éste reclamaba. (Expediente Nº 5662/4 del Archivo Judicial de Jujuy).
      Al año siguiente - 1646 - los Regidores del Cabildo jujeño elijieron a Domingo de Ibarguren "Alcalde ordinario de esta ciudad, sus términos y jurisdicción". Durante parte del período en que mi antepasado empuñó la vara de 1º voto, no hubo Escribano de número en San Salvador de Jujuy, de suerte que aquel, por un tiempo, intervino como autorizante de muchas escrituras públicas otorgadas en su distrito, que rubricó con su espléndida firma caligráfica, señal de cultura a la sazón.
      Así, el 10 de febrero, el Alcalde Ibarguren dió fé de un contrato protocolizado ante él, entre el Capitán Alonso de Tapia y Loizaga y "el Capitán Juan Gamiz de Vergara, vecino de la ciudad y puerto de Buenos Aires", que estaba detenido en Jujuy con una tropa de mulas traidas de los campos porteños, de la cual se obligó a entregar 169 cabezas, antes de proseguir con el arreo hacia una dehesa altoperuana en Otavi.
      También el 2 de septiembre, por instrumento público, Juan de Amuzátegui Idiaquez (marido de Bartolina de Garnica Ortiz de Zárate) obligóse a entregar 300 cabezas de ganado vacuno, "buenas de dar y recibir". A tal efecto, salió por fiador suyo Domingo de Ibarguren. Lo mismo en otra escritura, del 3 de noviembre siguiente, pasada ante el Alcalde de Salcedo Poblete, Ibarguren otorgó fianza a favor del Sargento Mayor Antonio Ferreyra.
      Tres meses después, el 7-II-1647, ante el Alcalde Román Guerrero, don Domingo presentó un escrito donde decía: Que en nombre de Martín de Igarzabal, albacea y heredero del finado Pedro Madalbe, en la causa que le seguía Juan de Córdoba - por 180 pesos que pretendía se le pagaran de los bienes del difunto -, no solo el muerto nada le debía a este vivo, sinó que aquel resultaba acreedor de éste por "muchas cantidades de pesos", debido a "unas mulas que recoxió y cobró a algunas personas". Tales bestias de Madalbe vinieron en un arreo de Agustín de Iriarte, y eran "las que volvieron del camino de Santa Fé, hasta llegar a la estancia del dicho Juan de Córdoba, el cual las sacó y cobró diciendo tenía poder del dicho difunto". En consecuencia, Ibarguren solicitaba al Juez que, bajo juramento, declarara Iriarte cuántas mulas de su tropa se habían sacado, vendido y cobrado, de las pertenecientes a la sucesión de Pedro Madalbe. (Archivo judicial de Jujuy, Nº 5656/2, año 1647).
      El 26-V-1651 se hizo presente Ibarguren ante la justicia local, manifestando en un escrito que doña Gerónima Tineo, habíale otorgado un poder a fin de que buscase a una esclava negra fugada de su servicio con sus crias, y la sacara "de poder de cualquier persona que la tuviere". La negra, de nombre Francisca, "se huyó de casa del Capitán Juan de Yanci (suegrastro del presentante), donde la tenia … y haciendo diligencias - expresaba mi diligente antepasado - supe la tenía Domingo de Herrera, sirviéndose de la dicha negra a título de ser cuñado de la dicha doña Gerónima Tineo". Así las cosas, cuando Ibarguren fué en busca de la esclava, la esposa de Herrera, Dorotea Diaz Caballero, "se hizo fuerte no queriéndola entregar". En consecuancia, y por ser la voluntad de Gerónima Tineo que dicha negra no sirviera "ni a su cuñado, ni a otra persona ninguna", mi atávico pleitista pedía al Juez, mandara "a dicho Domingo de Herrera que luego, sin dilaciones me entregue la negra Francisca con sus hijos, y a más me pague un mes de jornales que le ha servido, mandándosele con todo vigor y justicia, porque de no hacerlo así, podíase ausentar la dicha negra, perder la dicha su ama su valor y el de sus hijos, y el dicho Domingo de Herrera y su mujer no tener con qué satisfacerlo, por ser, como son, pobres sin bienes conocidos". Solicitó por último Ibarguren, se lo buscase a Herrera en el valle de Palpalá, en la chacra de González, "donde el suso asiste", a fin de arreglar con él aquella indemnización para su representada.
      A raiz de la muerte del benemérito Capitán filántropo Juan Antonio Buenrostro, Mayordomo del Hospital de la ciudad, anexo a la ermita de San Roque, el Cabildo nombró, el 21-X-1651, por sustituto de aquel a Domingo de Ibarguren. Como es sabido, esa corporación vecinal ejercía el Patronato del mencionado dispensario por intemedio de un Mayordomo, encargado del manejo de sus fondos y administración. Tal mayordomía, para la que fuera elegido don Domingo, siempre la habían desempeñado vecinos principales de Jujuy, con responsabilidad económica y rango social. En lo que atañe a la terapia empleada en esos sanatorios primitivos, basta decir que se equivalía a la de los "zurujanos sacapotras", que sangraban tajando a cuchillo limpio, ponían ventosas, bizmas o emplastos, y suministraban a los pacientes bálsamos salutíferos, eméticos violentos y lavativas.
      Pero aconteció que Ibarguren, transcurridos apenas los tres meses de su designación sanitaria, "a causa de sus ocupaciones y por no poder desempeñar cumplidamente su cargo", tuvo que ser reemplazado por el Capitán Antonio Velazquez Buenrostro - hijo natural del finado Mayordomo antecesor de don Domingo. (Archivo Capitular de Jujuy, caja XXI, nº 23, folio 402).
      Por los años aquellos, fué nombrado nuestro hombre curador ad litem en el juicio de partición de bienes del Capitán Pedro de Valdivieso, que inició Diego de Valdivieso, heredero de su difunto padre, contra Clara de Valdivieso, propia hermana suya y esposa de Cristobal López de Heredia. Y "a posteriores de Noviembre de 1661", Domingo de Ibarguren no vivía. Ello surge de un pleito incoado entonces por su viuda Margarita de Castro contra Juan González de la Vega. (Archivo Judicial de Jujuy nº 5531, carpeta 49). La señora, como tutora de sus hijos, hizo embargar, por intermedio del Alcalde Antonio Rodríguez de Armas, las carretas con los bueyes y la totalidad de los efectos que cargaba un convoy de González de la Vega; el cual desde Córdoba llegó a Jujuy con mercadería de su suegro Bonifacio Flores (el mismo que le vendió a Ibarguren, en 1641, esas tierras de la Viña que sabemos). Flores le debía 1248 pesos y 6 reales a Martín de Igarzabal, y éste donó dicho crédito a " los hijos de Domingo de Ibarguren".
      Así pues, con propóstio de cobrar esa suma llevóse a efecto el referido embargo; pero como el Alcalde Rodríguez de Armas, que ordenó la medida, era acreedor por 300 pesos de Diego de Carvajal y Vargas, marido de Isabel de Ibarguren, una de las litigantes en dichos autos, aquel Juez fué recusado por González de la Vega. La misma excepción recayó luego en el Alcalde Juan de Adaro, después que tomó juramento a los indios del arreo, para averiguar si los vehículos y yuntas retenidas judicialmente pertenecían o no a Flores o a Vega. Este, entonces, recusó al Juez Adaro, "reprobándolo por borracho e incapaz y menor de edad, y cómo el juramente de un yndio no hace fé". El pleito pasó seguidamente a un nuevo juzgador, el Alcalde Juan Gaytán; y el 27-I-1662 estaba listo para sentencia. González de la Vega se proponía si fuera condenado, llegar en apelación al Gobernador Jerónimo Luis de Cabrera (nieto), y aún hasta la Audiencia de La Plata. Del demandado es el siguiente comentario escrito en una de sus cartas a su suegro: "En esta tierra no ay justicia para los forasteros, sino sólo para los del lugar; ellos son jueces de compadres, como disen todos, pero yo le tengo citado al Alcalde que no me haga alguna ynjusticia, que he de apelar al Sr. Gobernador".

      Defunción y testamentaría de la 7ª abuela de esta historia

      Ignoro si Margarita de Castro y Murguía, "viuda del Capitán Domingo de Ibarguren", ganó aquel expresado litigio. Treintaitantos años más tarde, el 19-IV-1695, su cadáver entró a disolverse debajo de una losa en el templo jujeño del convento de San Francisco. Antes de morir, ella otorgó escritura de última voluntad - aunque nunca hallé ese documento. En tal disposición quedó nombrada albacea su hija primogénita, Ana María de Ibarguren y Murguía, la cual - según consta en los autos referentes a los bienes de la finada, tramitados ante el Alcalde Martín de Liendo - hizo inventariar las ropas y enseres sucesorios, que fueron tasados en 360 pesos, y la plata labrada en 127; cuyas sumas tomó la propia albacea, a cuenta de 697 pesos gastados en el funeral y entierro de la difunta matrona.
      A principios de febrero de 1699, el Sargento Mayor Bartolomé Pérez de Espinosa, abuelo materno, tutor y curador de las menores Benrabela y Josefa de Ibarguren, nietas de doña Margarita de Castro, pidió se liquidaran los bienes indivisos de ésta, sacando, por de pronto, a remate la vivienda urbana que la causante dejó.
      El Alcalde Liendo, entonces comisionó al "ministro de la Real justicia" para que diera los respectivos avisos de la venta judicial. Y los días 11, 12, 14, 17, 20, 23, 26 y 28 de febrero y 3 de marzo, el Alguacil Luis González, por voz de un muchacho pregonero - "en la plasa pública de esta ciudad y en la calle real de San Francisco" -, ante gran concurso de gente, dió los pregones "a las cassas que fueron de doña Margarita de Castro". Inicióse la subasta con la base de 684 pesos, que fué elevada a 800 pesos por el Capitán Martín de Iriarte Aranibar, "y no hubo mayor ponedor". Al día siguiente, en el segundo pregón, alzó la oferta a 1.000 pesos el Sargento Mayor Pérez Espinosa, y al no ser ella mejorada en los 7 pregones subsiguientes, don Bartolomé, como "mayor ponedor, a quien le haga buena pró", resultó el adquirente de la casa rematada. Tras esto - según estampó el Alcade en el expediente respectivo -, "estando (Pérez Espinosa) de pie en dichas cassas en señal de posesión, le cogí de las manos y lo pasié por la sala y patio y puertas de ellas, y en nombre de su Magestad le dí posesión plena, actual, de jure domine, el sol alto, de día claro, entre las tres y cuatro de la tarde … y en esta forma admitió la posesión la parte, echando fuera a los que estaban dentro, y cerró puertas con otras demostraciones y actos de posesión, de cómo la tomaba quieta y pacíficamente". Ante los testigos Capitán Cristobal Pérez de Luque y Antonio de Argañaraz. (Archivo judicial de Jujuy, legajos años 1690 a 1699, documentos nº 5464/8 y 5436/5, titulados "Autos referentes a los bienes de la finada Margarita de Castro").

  • Fuentes 
    1. [S112] Ibarguren Aguirre, Carlos Federico, Los Antepasados, A lo largo y mas alla de la Historia Argentina, (Trabajo inedito), Tomo I, Los Ibarguren (Confiabilidad: 3).

    2. [S289] Archivo Historico Diocesano de San Sebastian, (http://mendezmende.org/artxiboa/).